Conexión Animal

Educación Ambiental en el marco normativo

¿Educación o Información ambiental?

Muchas veces se toman como sinónimo a las acciones de información y las de educación ambiental. Pero informar sobre problemáticas ambientales no es equivalente a hacer “educación ambiental”. Esto no significa que una sea mejor que la otra, solamente debemos diferenciar estas herramientas que incluso se complementan.

La información orientada en acciones ambientales suele tener como objetivo, que las personas obtengan información concreta sobre un determinado tema, y puedan actuar en consecuencia a corto plazo. Por ejemplo una campaña donde se menciona la problemática del yaguareté en la selva misionera para juntar firmas y lograr que no se desafecte una reserva.

Pero para cambiar actitudes, a mediano o largo plazo, se debe trabajar en procesos educativos, y es aquí, donde aparece la educación ambiental.

En este caso, no se busca solucionar un problema ambiental concreto del presente, sino empoderar a las personas para que puedan transformar positivamente sus comunidades construyendo otras formas de habitar el mundo.

Si bien cada día existe mayor información y personas alertadas por los problemas ambientales, no pareciera existir un crecimiento proporcional en la capacidad de transformar esa preocupación en acción y mucho menos, en sumar nuevos aliados al cuidado del ambiente. 

Es por ello, que la educación ambiental, debe enfocarse principalmente en diseñar procesos educativos para que las personas se sientan parte de la naturaleza y puedan actuar en consecuencia.

La Educación Ambiental y el contacto con la naturaleza

(…) La educación ambiental no puede inculcarse porque nadie puede obligar a otra persona a sentir (a no ser dolor). En la base de toda conciencia ecológica, de todo comportamiento cariñoso y respetuoso con los seres vivos que nos rodean, solo hay un sentimiento: el Amor.

En los últimos tiempos, crece la tendencia a nivel mundial de trabajar la educación ambiental a partir del acercamiento a la naturaleza basado en los sentidos y las experiencias vivenciales. 

Sin embargo, esto no es algo nuevo, uno de los pioneros en ponerlo en práctica, fue Joseph B. Cornell, un educador ambiental de Estados Unidos que a principios de los años 70 desarrolló un método de aprendizaje al aire libre absolutamente innovador llamado flow learning (aprendizaje fluido) que permite planificar experiencias profundas y significativas en la naturaleza.

Fundó una organización llamada Sharing Nature Worldwide (compartir la naturaleza en todo el mundo), uno de los programas de educación ambiental más populares e influyentes en la temática, es autor de numerosos libros y sigue brindando capacitaciones en todo el mundo.

 

En el año 1993, David Sobel, publicó un libro llamado Beyond Ecophobia: Reclaiming the Heart in Nature (Más allá de la ecofobia: recuperar el corazón en la naturaleza) donde se dirige a maestros, padres y otras personas interesadas en fomentar en los niños y niñas la capacidad de comprender y cuidar la naturaleza. Sobel desarrolla el concepto de ecofobia como el miedo que generan las problemáticas ambientales, el mundo natural y el estar al aire libre. Explica que esto se origina en la forma en la que los y las adultas trabajamos estas temáticas con niños y niñas, a través de información sobre problemáticas urgentes. Donde pareciera que les pedimos que enfrenten problemas que están más allá de su comprensión, control o entendimiento. Básicamente les estamos pidiendo solucionar los problemas del mundo adulto.  

Sobel considera que este gran error que por muchos años arrastramos los educadores ambientales, puede ser compensado a través de la biofilia, apoyando la tendencia biológica que tenemos las personas a vincularnos con la naturaleza. 

Cuando estamos sensibilizados ante problemáticas socio-ambientales, solemos sentir una urgencia en multiplicar este mensaje para que otras personas se comprometan con las cuestiones ambientales. Sin darnos cuenta, cometemos el error de asumir que si informamos sobre la crisis ambiental global en la que vivimos, estas personas se sumarán a la acción y se comprometerán en la solución de los problemas socioambientales del mundo… sin embargo, lo que estamos haciendo, es impedir que se conecten emocionalmente con la naturaleza desde un lugar positivo y afectivo. 

Con el paso del tiempo, el cambio de paradigma también llegó finalmente a la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza (UICN) que en el año 2016,  lanzó #NatureForAll, un movimiento mundial para inspirar amor por la naturaleza que,  en octubre de 2018, ya contaba con casi 300 organizaciones asociadas de más de 60 países. Los socios de #NatureForAll demuestran que las experiencias personales y las conexiones con la naturaleza ofrecen grandes ventajas para la salud, el bienestar y la resiliencia individuales y sociales, y constituyen una base de apoyo permanente para la conservación.  Como parte de la campaña que iniciaron a nivel internacional, utilizaban la frase “Love. Not Loss” (amor, no pérdida), reforzando la necesidad de cambiar la forma en la que se encaraba la educación ambiental. Una de las frases que compartían en esta campaña era “La mejor manera de reavivar un amor perdido es no hablar de lo que salió mal: extinción, pérdida de hábitat o escasez de recursos. Es recordar lo que amamos en primer lugar.” 

 

Como ya vimos, los nuevos enfoques mundiales de educación ambiental trabajan a partir del acercamiento a la naturaleza basado en los sentidos, en la importancia de invitar a otras personas a sumarse a la temática desde el corazón, y luego desde la reflexión y la razón. 

Entonces ¿Cómo hacemos para ponerlo en práctica?

¡Volviendo a la naturaleza!

Queremos invitarlos e invitarlas a reconectar con la naturaleza de la que somos parte: en familia, con amigos, solos o acompañados… 

Materiales y propuestas para reconectar con la naturaleza

https://www.instagram.com/p/CBx7MIMpRcG/?hl=es 

https://www.instagram.com/p/CCBSc-gp3RI/?hl=es 

https://www.instagram.com/p/CChXC5tpY9Z/?hl=es 

Guías Educativas

Manual «conectar con la naturaleza» realizado por UICN & Childrens and nature network un

 

Material para descubrir la naturaleza

  • Algunos animales del delta bonaerense : Ver drive
  • Del escritorio al campo – Chinches, chicharras y cotorritas FVSA : Ver drive
  • Del escritorio al campo – Mariposas : Ver drive
  • Del escritorio al campo flores rioplatenses – FVSA : Ver drive
  • Del escritorio al campo Libélulas y caballitos del diablo – FVSA : Ver drive
  • Especies nativas en Guía de campo para la restauración del bosque ribereño en el Delta del Paraná – Pág. 14 a 20 : Ver drive

Charlas, entrevistas y conferencias

Entrevista a Richard Louv: periodista y autor de diez libros, incluido El último niño en el bosque: Salvando a nuestros niños del trastorno por déficit de naturaleza; El principio de la naturaleza; y vitamina N. Es cofundador y presidente emérito de la organización sin fines de lucro Children & Nature Network, que apoya un nuevo movimiento de naturaleza. https://youtu.be/SnCE-sQ-7u0 

Conferencia de Joseph Cornell en el Congreso Virtual de Educación Ambiental 2020 donde explica “Los principios del aprendizaje fluido como estrategia para brindar experiencias profundas y memorables en la naturaleza» https://youtu.be/BZnUVlCsbE8 

Conferencia de María Loreto Bornscheuer en el Congreso Internacional de Educación Ambiental #EA2021 contando su proyecto «Detectives en la Naturaleza: Una experiencia educativa a través del entorno natural urbano» en Chile https://youtu.be/K4MkDX9cX-I

Conferencia de Fernando Carrasco en el Congreso Internacional de Educación Ambiental #EA2021 contando su proyecto «Emocionanatura Estrategias didácticas para conocer, sentir y amar la naturaleza» en Costa Rica https://youtu.be/BPbwYPmamrM 

–Conferencia de Katia Hueso en el Congreso Internacional de Educación Ambiental #EA2021 contando su proyecto sobre «Los beneficios de la Educación en la Naturaleza en la infancia temprana y sus efectos sobre el medio ambiente» en España https://youtu.be/OVw61iLPVoo 

Educación Ambiental en el marco normativo

Desde hace varias décadas que en diferentes niveles se viene buscando consenso sobre cómo propiciar un marco adecuado que permita implementar programas de educación ambiental que logren ciudadanas y ciudadanos responsables ambientalmente. Haremos un repaso de estos acuerdos, tratados y legislaciones.

  1. Internacional
    El año 1992 fue un año icónico a nivel ambiental. En Río de Janeiro (Brasil), se realizaron encuentros multitudinarios en donde se trataron muchas propuestas y se generaron acuerdos internacionales referidos a una diversidad de temas ambientales. Entre éstos, 159 naciones consensuaron el informe conocido como Agenda XXI, un manual de acciones para la sustentabilidad. Su apartado Nº 36 está dedicado a la Educación Ambiental. Paralelamente, en el Foro de las Organizaciones no Gubernamentales celebrado también en Río de Janeiro, se firmaba el Tratado de Educación Ambiental para Sociedades Sustentables y Responsabilidad Global, que impulsa una verdadera educación basada en fundamentos éticos y profundamente democrática estableciendo, entre otros objetivos que:

    La Educación Ambiental es un derecho de todos; debe tener como fundamento pedagógico y filosófico el pensamiento crítico e innovador de una nueva sociedad; debe estimular la solidaridad, la igualdad y el respeto (…) en una perspectiva sistémica, en su contexto social e histórico; debe ayudar a desarrollar una conciencia ética sobre todas las formas de vida con las cuales compartimos este planeta, respetar sus ciclos vitales e imponer límites a la explotación de estas formas de vida por los seres humanos”.
  2. Nacional

    CONSTITUCIÓN NACIONAL – Artículo 41.

    «Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano (…). Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. «

    LEY N° 26.206 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL.
    TÍTULO II EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL. CAPITULO III EDUCACIÓN PRIMARIA. ARTÍCULO 27

    La Educación Primaria tiene por finalidad proporcionar una formación integral, básica y común y sus objetivos son: 

    (…) c) Brindar oportunidades equitativas a todos/as los/as niños/as para el aprendizaje de saberes significativos en los diversos campos del conocimiento, en especial la lengua y la comunicación, las ciencias sociales, la matemática, las ciencias naturales y el medio ambiente, las lenguas extranjeras, el arte y la cultura y la capacidad de aplicarlos en situaciones de la vida cotidiana. 

    (…) l) Promover el conocimiento y los valores que permitan el desarrollo de actitudes de protección y cuidado del patrimonio cultural y el medio ambiente. 

    TÍTULO VI: LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN. CAPÍTULO II DISPOSICIONES ESPECÍFICAS. ARTÍCULO 89.

     José Manuel Gutiérrez Bastida. De rerum natura. Hitos para otra historia de la educación ambiental. https://sites.google.com/site/historiaeducacionambiental/decada-de-los-90/1992

     Texto completo disponible en: https://www.congreso.gob.ar/constitucionNacional.php

    El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, dispondrá las medidas necesarias para proveer la educación ambiental en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional, con la finalidad de promover valores, comportamientos y actitudes que sean acordes con un ambiente equilibrado y la protección de la diversidad biológica; que propendan a la preservación de los recursos naturales y a su utilización sostenible y que mejoren la calidad de vida de la población. A tal efecto se definirán en dicho ámbito institucional, utilizando el mecanismo de coordinación que establece el artículo 15 de la Ley N° 25.675, las políticas y estrategias destinadas a incluir la educación ambiental en los contenidos curriculares comunes y núcleos de aprendizaje prioritario, así como a capacitar a los/as docentes en esta temática.

    CAPÍTULO V. LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. ARTÍCULO 123.

    El Consejo Federal de Educación fijará las disposiciones necesarias para que las distintas jurisdicciones dispongan la organización de las instituciones educativas de acuerdo a los siguientes criterios generales, que se adecuarán a los niveles y modalidades: 

    (…) o) Promover experiencias educativas fuera del ámbito escolar, con el fin de permitir a los/as estudiantes conocer la cultura nacional, experimentar actividades físicas y deportivas en ambientes urbanos y naturales y tener acceso a las actividades culturales de su localidad y otras.

    LEY PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA EDUCACIÓN AMBIENTAL INTEGRAL EN LA REPÚBLICA ARGENTINA – Ley Nº 27.621 

    El Objeto de la ley es establecer el derecho a la educación ambiental integral como una política pública nacional conforme a lo dispuesto en el artículo 41 de la CN,  el artículo 8º de la Ley General del Ambiente, 25.675; el artículo 89 de la Ley de Educación Nacional, 26.206; y otras leyes vinculadas.

    En la misma definen a la Educación Ambiental Integral (EAI) como un proceso educativo permanente con contenidos temáticos específicos y transversales, que tiene como propósito general la formación de una conciencia ambiental, a la que articulan e impulsan procesos educativos integrales orientados a la construcción de una racionalidad, en la cual distintos conocimientos, saberes, valores y prácticas confluyan y aporten a la formación ciudadana y al ejercicio del derecho a un ambiente sano, digno y diverso. Se trata de un proceso que defiende la sustentabilidad como proyecto social, el desarrollo con justicia social, la distribución de la riqueza, preservación de la naturaleza, igualdad de género, protección de la salud, democracia participativa y respeto por la diversidad cultural. Busca el equilibrio entre diversas dimensiones como la social, la ecológica, la política y la económica, en el marco de una ética que promueve una nueva forma de habitar nuestra casa común.

    Crea la Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral (ENEAI) con el fin de territorializar la EA mediante acciones en el corto, mediano y largo plazo; la misma será una responsabilidad compartida, con competencias y facultades diferenciadas, entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Educación. Suma además de la Estrategia Nacional para la Sustentabilidad en las Universidades Argentinas (ENSUA), la Estrategia Jurisdiccional de Educación Ambiental Integral (EJEAI), Coordinación Ejecutiva de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral (CENEAI) y la Coordinación Ejecutiva de la Estrategia Jurisdiccional de Educación Ambiental Integral (CEJEAI).

    Según la misma los Principios de la educación ambiental integral son: 

    1. a) Abordaje interpretativo y holístico: adoptar el enfoque que permita comprender la interdependencia de todos los elementos que conforman e interactúan en el ambiente, de modo de llegar a un pensamiento crítico y resolutivo en el manejo de temáticas y de problemáticas ambientales, el uso sostenible de los bienes y los servicios ambientales, la prevención de la contaminación y la gestión integral de residuos;
    2. b) Respeto y valor de la biodiversidad: debe entenderse en el sentido de contrarrestar la amenaza sobre la sostenibilidad y la perdurabilidad de los ecosistemas y de las culturas que implica una relación estrecha con la calidad de vida de las personas y de las comunidades cuya importancia no es solo biológica;
    3. c) Principio de equidad: debe caracterizarse por impulsar la igualdad, el respeto, la inclusión, la justicia, como constitutivos de las relaciones sociales y con la naturaleza;
    4. d) Principio de igualdad desde el enfoque de género: debe contemplar en su implementación la inclusión en los análisis ambientales y ecológicos provenientes de las corrientes teóricas de los ecofeminismos;
    5. e) Reconocimiento de la diversidad cultural; el rescate y la preservación de las culturas de los pueblos indígenas: la educación ambiental debe contemplar formas democráticas de participación de las diversas formas de relacionarse con la naturaleza, valorando los diferentes modelos culturales como oportunidad de crecimiento en la comprensión del mundo;
    6. f) Participación y formación ciudadana: debe promover el desarrollo de procesos educativos integrales que orienten a la construcción de una perspectiva ambiental, en la cual los distintos conocimientos, saberes, valores y prácticas confluyan en una conciencia regional y local de las problemáticas ambientales, y permitan fomentar la participación ciudadana, la comunicación y el acceso a la información ambiental, promoviendo acciones de carácter global, aplicadas a la situación local;
    7. g) El cuidado del patrimonio natural y cultural: debe incluir la valoración de las identidades culturales y el patrimonio natural y cultural en todas sus formas;
    8. h) La problemática ambiental y los procesos sociohistóricos: debe considerar el abordaje de las problemáticas ambientales en tanto procesos sociohistóricos que integran factores económicos, políticos, culturales, sociales, ecológicos, tecnológicos y éticos y sus interrelaciones; las causas y consecuencias, las implicancias locales y globales y su conflictividad, para que resulten oportunidades de enseñanza, de aprendizaje y de construcción de nuevas lógicas en el hacer;
    9. i) Educación en valores: debe estar fundada en una ética educacional que permita a quien propicia el aprendizaje y a quien lo recibe, la construcción de un pensamiento basado en valores de cuidado y justicia;
    10. j) Pensamiento crítico e innovador: debe promover la formación de personas capaces de interpretar la realidad a través de enfoques basados en la multidisciplinariedad, interdisciplinariedad, transdisciplinariedad y en la incorporación de nuevas técnicas, modelos y métodos que permitan cuestionar los modelos vigentes, generando alternativas posibles;
    11. k) El ejercicio ciudadano del derecho a un ambiente sano: debe ser abordada desde un enfoque de derechos, promover el derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano y productivo de las presentes y futuras generaciones, en relación con la vida, las comunidades y los territorios.

    Por otra parte introduce también el Compromiso ambiental intergeneracional, que propone que cada año el Día Mundial del Ambiente y con el propósito de afianzar el compromiso con el ambiente en toda la sociedad, cada jurisdicción deberá promover una acción comunitaria en la que se fomente el “Compromiso Ambiental Intergeneracional”.

     Texto completo disponible en: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/ley-de-educ-nac-58ac89392ea4c.pdf